82
Artículo 82.- Esta ley es de orden público, deroga la Nº 4558 de 22 de abril de 1970 y sus reformas, así como
todas las demás que se le opongan excepto la ley Nº
4071 de 22 de enero de 1968 y sus reformas y la ley Nº
5469 de 25 de abril de 1974. Rige a partir del día de su publicación.
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