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 Normativa >> Ley 6043 >> Fecha 02/03/1977 >> Articulo 7
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Normativa - Ley 6043 - Articulo 7
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Artículo 7
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7

Artículo 7º.- Los terrenos situados en la zona marítimo terrestre no

pueden ser objeto de informaciones posesorias y los particulares no

podrán apropiarse de ellos ni legalizados a su nombre, por éste u otro

medio.

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