Buscar:
 Normativa >> Ley 7293 >> Fecha 31/03/1992 >> Articulo 20
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 20     >>
Normativa - Ley 7293 - Articulo 20
Ir al final de los resultados
Artículo 20
Versión del artículo: 1  de 1
20

        Artículo 20.- Modifícase el epígrafe del artículo 30 de la Ley Nº 7092 para que, en lugar de "Exenciones", diga "Ingresos no sujetos". Suprímanse los incisos a) y d) del artículo 30 de la misma Ley y además, modifícase el último párrafo para que diga de la siguiente manera:

"Artículo 30.-

... Los únicos ingresos no sujetos al impuesto sobre la renta de acuerdo con el presente título son los mencionados en los incisos a y d). Por ello, no se les hará ningún otro tipo de liberaciones, descuentos o excepciones contenidos en leyes dictadas con anterioridad a la fecha de vigencia de esta Ley'."

Ir al inicio de los resultados