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N° 7293 LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY REGULADORA DE TODAS LAS EXONERACIONES VIGENTES,
SU DEROGATORIA Y SUS EXCEPCIONES
CAPITULO I
DE LA DEROGATORIA GENERICA DE EXENCIONES Y SUS EXCEPCIONES
Artículo 1°.- Derogatoria General. Se derogan todas las exenciones tributarias objetivas y subjetivas previstas en las diferentes leyes,
decretos y normas legales referentes, entre otros impuestos, a los derechos arancelarios, a las ventas, a la renta, al consumo, al
territorial, a la propiedad de vehículos, con las excepciones que indique
la presente Ley. En virtud de lo dispuesto, únicamente quedarán vigentes
las exenciones tributarias que se mencionan en el artículo siguiente.
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