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 Normativa >> Ley 7293 >> Fecha 31/03/1992 >> Articulo 37
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Normativa - Ley 7293 - Articulo 37
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CAPITULO IX

DE LAS EXENCIONES Y SU EFICACIA

        Artículo 37.- De la eficacia de la exención. En cuanto a su eficacia, las exenciones tributarias que se mencionan como vigentes en la presente Ley y las demás que se incorporen al ordenamiento jurídico, están condicionadas, de manera resolutoria, al pleno acatamiento de los preceptos, requisitos y fines que regulan el otorgamiento, así como al correcto uso y destino previsto, de los bienes y servicios sobre los que haya recaído la exención que disfruta determinado sujeto.

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