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 Normativa >> Ley 6826 >> Fecha 08/11/1982 >> Articulo 40
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Normativa - Ley 6826 - Articulo 40
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Artículo 40
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Artículo 40- Emisión de factura. Los contribuyentes acogidos a estos regímenes no estarán obligados a emitir facturas por las ventas de bienes y la prestación de servicios que realicen en los casos previstos por la Administración Tributaria, pero sí a solicitarlas a sus proveedores. No obstante, deberán emitir comprobantes cuando así lo solicite el comprador.

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