46
Artículo 46.- (*) Refórmase el artículo 84 de la Ley de Jurisdicción
Agraria Nº 6734 del 29 de marzo de 1982 de la siguiente forma:
"Artículo 84.- Esta ley es de orden público y deroga la ley 4545 del
20 de marzo de 1970 (Ley de Informaciones Posesorias Administrativas) y
cualquiera otra disposición legal en lo que se le oponga. Queda vigente
la ley Nº 5064 del 22 de agosto de 1972 (Ley de Titulación)".
(*) ANULADO por Resolución de la Sala Constitucional Nº 595-92 del
3 de marzo de 1992.
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