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 Normativa >> Ley 6975 >> Fecha 30/11/1984 >> Articulo 69
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Normativa - Ley 6975 - Articulo 69
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Artículo 69
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69

Artículo 69.- Autorízase a la Municipalidad de Santo Domingo de

Heredia para vender la finca Nº 63414, inscrita en el Registro Público,

Partido de Heredia, al tomo 1954, folios 211-212, asientos 1-3 a Coopesago

R. L. El precio de la venta no podrá ser menor al avalúo que efectúen

peritos de la Dirección General de la Tributación Directa. El producto de

la venta no podrá ser utilizado en el pago o aumento de salarios.

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