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 Normativa >> Ley 6975 >> Fecha 30/11/1984 >> Articulo 73
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Normativa - Ley 6975 - Articulo 73
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Artículo 73
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73

Artículo 73.- Autorízase a la Municipalidad de Pococí a permutar una

faja de terreno, que pertenecía antiguamente a la Northern, correspondiente

a aproximadamente 5,1 hectáreas del derecho de vía de la antigua línea

férrea a Río Frío, por un terreno propiedad de San Pancracio, S. A., de un

hectárea 7 474,44 metros cuadrados, parte de la finca inscrita en el fondo

2297, folios 267 y 268 número 16894 1 y 2, distrito primero, Guápiles,

cantón segundo, Pococí, provincia Nº 7, Limón.

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