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 Normativa >> Ley 6975 >> Fecha 30/11/1984 >> Articulo 76
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Normativa - Ley 6975 - Articulo 76
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Artículo 76
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76

Artículo 76.- Autorízase a la Universidad de Costa Rica para traspasar

sin o hectáreas de su propiedad inscrita al tomo 644, folio 564, número

33308, asiento 18, al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), para

destinarla al desarrollo de una finca didáctica.

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