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 Normativa >> Ley 6975 >> Fecha 30/11/1984 >> Articulo 147
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Normativa - Ley 6975 - Articulo 147
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Artículo 147
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147

Artículo 147.- Se autoriza a la Municipalidad de San José a permutar

un lote segregado de la finca del partido de San José en el Registro

Público, al tomo 561-1581, folios 91-145-269, número 49.992, constante de

145 metros, sesenta y nueve decímetros cuadrados; por otro propiedad de la

señora Carmen Chaves Chaves, inscrito en el Registro Público, partido de

San José, al tomo 1252, folio 231, número 103.220, asiento uno, constante

de 144 metros, cuarenta y un decímetros cuadrados, con el fin de concluir

las obras de Calle Morenos, Hatillo.

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