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Artículo 2º.- La Contraloría General de la República, no aprobará los
proyectos de presupuestos, presentados por las municipalidades, las
instituciones autónomas y otros entes estatales, si en ellos no estuvieren
incluidas las obligaciones que, como patronos, les correspondan en relación
con la Caja Costarricense de Seguro Social.
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