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 Normativa >> Ley 4179 >> Fecha 22/08/1968 >> Articulo 23
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Normativa - Ley 4179 - Articulo 23
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Artículo 23
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      Artículo 23.—Las cooperativas de servicios tienen por finalidad la prestación de éstos, para satisfacer las necesidades específicas de sus aso­ciados. Podrán llenar necesidades de asistencia y previsión social, tales como: asistencia médica o farmacéutica, de hospitalización, de restaurante, de educación, de recreación, de auxilio o pensión por vejez, de mutualidad, de seguros, de protección contra el desempleo o los accidentes, de gastos de sepelio. También podrán prestar servicios en el campo de la agricultura, la ganadería y la industria, tales como servicios eléctricos y telefónicos, transporte, inseminación artificial, mecanización agrícola, irrigación y su­ministro de combustible. Asimismo, para prestar otros servicios, podrán realizar cualquier otra actividad compatible con la doctrina y la finalidad del sistema cooperativo.

        En el caso de cooperativas de servicios que tengan por finalidad suplir necesidades en el campo de la agricultura, la ganadería y la industria, podrán asociarse a ellas las personas jurídicas, siempre que no usen los servicios de la cooperativa con fines de lucro, y previa autorización del INFOCOOP, en cada caso.

        Las cooperativas de electrificación rural y las juntas administrativas de servicios eléctricos municipales, así como la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, gozarán de exención de toda clase de impuestos en todas sus compras de bienes y servicios necesarios para la realización de sus fines normales.

(Así reformado por el artículo 1 de la Ley N° 7053 del 9 de diciembre de 1986)

(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo 17 inciso e) de la ley N° 8114 Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias  del 4 de julio del 2001 se dispone lo siguiente: "...Deróganse todas las exenciones del pago del impuesto sobre las ventas, incluso las que se identifican en diferentes normativas como no sujeciones, sean tácitas o implícitas, concedidas por las siguientes disposiciones legales:

e) El artículo 1 de la Ley Nº 7053, Reforma a la Ley de Asociaciones Cooperativas y creación del INFOCOOP, de 9 de diciembre de 1986...")

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