Buscar:
 Normativa >> Ley 1581 >> Fecha 30/05/1953 >> Articulo 216
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 216     >>
Normativa - Ley 1581 - Articulo 216
Ir al final de los resultados
Artículo 216
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente

        Artículo 216.—Exclusiones del Régimen Artístico. No estarán cubiertos por el presente título, los servidores que sean artistas pero sus labores no estén relacionadas directamente con la creación e interpretación de obras artísticas.

Ir al inicio de los resultados