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 Normativa >> Ley 1581 >> Fecha 30/05/1953 >> Articulo 72
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Normativa - Ley 1581 - Articulo 72
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Artículo 72
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        Artículo 72.-Si el servidor incurriere en nueva causal de despido durante el período de instrucción, se acumularán los cargos en el expediente en trámite y se procederá conforme a lo establecido en este capítulo.

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