2
Artículo
53.- Son sus fines:
a)
Establecer la docencia como carrera profesional;
b) Exigir del servidor docente, la necesaria
solvencia moral y profesional, que garantice el cumplimiento de su elevada misión;
c) Velar porque el servidor docente labore dentro
del campo específico de su formación pedagógica y académica;
d) Establecer las jerarquías de la carrera
docente, en relación con la preparación pedagógica y académica rendimiento
profesional y el tiempo servido;
e) Dignificar al educador costarricense;
f) Obtener que todo ascenso o mejoramiento del
servidor docente, lo sea exclusivamente con base en sus méritos y antecedentes;
y
g)
Garantizar el respecto a los derechos del servidor docente.
|