Artículo 210- Fines fundamentales del Régimen Artístico
Serán fines fundamentales los siguientes:
a) Establecer la carrera artística con base en los méritos
empíricos, académicos y profesionales, y la trayectoria artística de los
servidores artísticos.
b) Dignificar al artista como servidor público.
c) Promover un sistema de remuneración justo y competitivo
en pro de la carrera artística.
d) Promover el desarrollo, la divulgación y la promoción de
las artes por medio de sus diferentes disciplinas.
(Así reformado
por el artículo único aparte a) de la ley N° 9718 del 1° de agosto de 2019)
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