Artículo 221.—Puntaje de los
grados artísticos. Para determinar el otorgamiento del grado artístico
correspondiente, según el artículo anterior, el Reglamento del Estatuto de Servicio Civil definirá un sistema de puntaje para cada uno de los grados y las disciplinas artísticas, mediante el cual se otorgarán puntos a toda manifestación derivada de la creación o interpretación, individual o colectiva, de obras artísticas de los solicitantes, su desarrollo, reconocimientos e inserción artística en el medio.
|