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 Normativa >> Ley 1581 >> Fecha 30/05/1953 >> Articulo 49
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Normativa - Ley 1581 - Articulo 49
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Artículo 49
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49

CAPITULO XI

De las Disposiciones Finales

Artículo 49.- Quedan exentos de los impuestos de papel sellado,

timbre y derechos fiscales, todos los actos jurídicos, solicitudes y

actuaciones de cualquier especie que se hagan con motivo de la aplicación

de esta ley y sus reglamentos.

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