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 Normativa >> Ley 218 >> Fecha 08/08/1939 >> Articulo 31
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Normativa - Ley 218 - Articulo 31
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Artículo 31
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    Artículo 31.- Las formalidades para la formación de esas federaciones y confederaciones serán las mismas que las determinadas en esta ley para las asociaciones y serán los estatutos de esas nuevas entidades los que determinarán la relación de unas con respecto a las otras.

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