Buscar:
 Normativa >> Ley 8 >> Fecha 29/11/1937 >> Articulo 115
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 115     >>
Normativa - Ley 8 - Articulo 115
Ir al final de los resultados
Artículo 115
Versión del artículo: 1  de 7
Siguiente

    Artículo 115

    Los Secretarios deben entenderse con lo relativo a las listas de servicio de los empleados. El de la Corte deberá, además, vigilar junto con el Presidente y el Contador la corrección y economía de los gastos judiciales.

    ( Así reformado por el artículo 1º de la Ley Nº 1266 de 21 de febrero de 1951 )

Ir al inicio de los resultados