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 Normativa >> Ley 6746 >> Fecha 29/04/1982 >> Articulo 12
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Normativa - Ley 6746 - Articulo 12
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Artículo 12
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12

ARTICULO 12.- El funcionario público que oculte información o

proporcione datos falsos o incompletos referentes a esta ley, será

sancionado de conformidad con lo que se establezca en el respectivo

reglamento.

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