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ARTÍCULO 103.- Para inscribir
una producción, el interesado presentará, ante el Registrador, una solicitud
escrita con los siguientes requisitos:
1) Nombre, apellidos y
domicilio del solicitante, indicando si actúa en nombre propio o en
representación de alguien, en cuyo caso deberá acompañar certificación de esto
e indicar el nombre, apellidos y domicilio del representado.
2) Nombre, apellidos y
domicilio del autor, del editor y del impresor, así como sus calidades.
3) Título de la obra, género,
lugar y fecha de publicación y demás características que permitan determinarla
con claridad.
4) En el caso de fonogramas,
se indicará también el nombre del intérprete y el número de catálogo.
5) Cuando se trate de
inscribir un programa de cómputo o una base de datos, la solicitud se
presentará con cualquiera de los siguientes elementos: el programa, la
descripción o el material auxiliar.
(Así reformado por el artículo
1º de la ley Nº 7397 de 3 de mayo de 1994)
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