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TITULO I
CAPITULO IX
Excepciones
a la protección
Artículo 67°.- Las noticias con
carácter de prensa informativa no gozan de la protección de esta ley; sin
embargo, el medio que las reproduzca o retransmita estará obligado a consignar
la fuente original de donde se tomó la información.
(Así reformado por el artículo 1° inciso f) de la ley N° 7979 del 6 de enero del 2000)
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