Buscar:
 Normativa >> Ley 6683 >> Fecha 14/10/1982 >> Articulo 90
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 90     >>
Normativa - Ley 6683 - Articulo 90
Ir al final de los resultados
Artículo 90
Versión del artículo: 1  de 1
90

Artículo 90°.- La enajenación de planos, croquis y trabajos semejantes sólo da derecho, a quien los adquiere, para ejecutar la obra tenida en cuenta, sin que pueda reproducirlos, transferirlos o servirse de ellos para otras obras. Todos estos derechos permanecen con el autor, salvo convenio en contrario.

Ir al inicio de los resultados