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Artículo 23.- El Ministerio de Hacienda
dictará y aplicará las medidas necesarias para proteger los intereses fiscales del
Estado. Cuando las importaciones y exportaciones estén involucradas en las actividades de
las empresas, en los parques, el Ministerio de Hacienda establecerá los reglamentos
necesarios para el control de la entrada y salida de la mercadería, bienes, equipos y
productos, dentro y fuera de ellos con el propósito de evitar la defraudación fiscal, la
cual se sancionara conforme a la leegislación en la materia.
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