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 Normativa >> Ley 3530 >> Fecha 05/08/1965 >> Articulo 15
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Normativa - Ley 3530 - Articulo 15
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Artículo 15
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15

Artículo 15.- Ministerio de Relaciones Exteriores nombrará cada dos

años una Comisión encargada de organizar y calificar los concursos de

oposición. Las bases del concurso serán fijadas por el Poder Ejecutivo en

el reglamento respectivo.

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