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 Normativa >> Ley 34 >> Fecha 21/07/1891 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 34 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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Artículo 2°.-Queda en estos términos adicionado el artículo 104 del Código Fiscal.

            Dado en el Salón de sesiones del Palacio Nacional, en San José, á los diez y seis días del mes de Julio de mil ochocientos noventa y uno.-

            Casa Presidencial.—San José, á veintiuno de Julio de mil ochocientos noventa y uno.-

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