51
CAPITULO SEXTO
Renovación Urbana
Artículo 51.- El Reglamento de Renovación Urbana contendrá las
regulaciones que localmente se adopten para conservar, rehabilitar o
remodelar las áreas urbanas defectuosas, deterioradas o en decadencia,
tomando en cuenta la inconveniente parcelación o edificación, la carencia
de servicios y facilidades comunales, o cualquier otra condición adversa
a la seguridad, salubridad y bienestar generales.
|