52
Artículo 52.- Las zonas a mejorar indicadas anteriormente, serán
incluidas en el Mapa de Zonificación, tan luego la municipalidad
interesada en corregir sus deficiencias apruebe formalmente el
correspondiente programa de renovación.
Desde entonces, y por el término de cinco años, pesarán sobre esas
áreas restricciones para fraccionar o construir, en tanto no sean
subsanadas sus deficiencias. Vencido dicho plazo, quedará por el mismo
hecho insubsistente cualquier restricción debida a remodelamiento
predial, y los permisos de construcción se ajustarán a los requisitos
comunes.
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