65
Artículo 65.- La Oficina de Planeamiento del Area Metropolitana de
San José, estará anexa a la Dirección de Urbanismo, mientras por ley no
se disponga otra cosa. Para su mantenimiento, las municipalidades de
los cantones de San José, Escazú, Desamparados, Goicoechea, Alajuelita,
Coronado, Tibás, Moravia, Montes de Oca y Curridabat, contribuirán
anualmente con el uno por ciento de sus presupuestos ordinarios de
ingresos. Dichas cuotas serán deducidas por el Fisco de lo que a cada
uno de esos municipios corresponda por concepto de cualquier recaudación
o renta, girándose su importe al Instituto directamente, en el
transcurso del primer trimestre de cada año fiscal. De su parte, el
Instituto aportará anualmente un tanto igual a la suma de todas las
cuotas municipales.
|