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CAPITULO QUINTO
Mapa Oficial
Artículo 42.- El reglamento del Mapa Oficial establecerá las normas
sobre reservas, adquisición, uso y conservación de las áreas necesarias
para vías, parques, plazas, edificios y demás usos comunales, expresando
la localización y el tamaño de las ya entregadas al servicio público y de
las demarcadas sólo preventivamente.
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