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 Normativa >> Ley 2035 >> Fecha 17/07/1956 >> Articulo 50
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Normativa - Ley 2035 - Articulo 50
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Artículo 50
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50

CAPITULO IX

Del Monopolio de Licores y de la Fábrica Nacional de Licores

ARTICULO 50.- En tanto no se dé una nueva ley sobre el monopolio de

licores nacionales y la Fábrica Nacional de Licores pertenezca al Consejo

Nacional de Producción, éste la administrará como una unidad adscrita al

Consejo, a fin de que cuente con medios propios y organización suficiente

para bastarse por sí misma, en lo administrativo.

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