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 Normativa >> Ley 4534 >> Fecha 23/02/1970 >> Articulo 30
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Normativa - Ley 4534 - Articulo 30
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Artículo 30
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Artículo 30       
Alcance de las Restricciones    
Las restricciones permitidas, de acuerdo con esta convención, al goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidas en la misma, no pueden ser aplicadas sino conforme a leyes que se dictaren por razones de interés general y con el propósito para el cual han sido establecidas.

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