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 Normativa >> Ley 833 >> Fecha 02/11/1949 >> Articulo 61
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Normativa - Ley 833 - Articulo 61
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Artículo 61
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61

Artículo 61.- Licencia. Para erigir un edificio de los

comprendidos en el artículo 60, y para usar un edificio nuevo o

adaptado, como lugar de reunión, se necesita licencia de construcción y

autorización de uso, dadas por la Municipalidad.

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