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 Normativa >> Ley 833 >> Fecha 02/11/1949 >> Articulo 84
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Normativa - Ley 833 - Articulo 84
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Artículo 84
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84

Artículo 84.- Profesión Libre. El cargo de Ingeniero responsable no

impone ninguna restricción al ejercicio profesional de Ingenieros o

Arquitectos, los que pueden libremente proyectar, dirigir, ejecutar,

contratar, etc., las obras de edificación o construcción relativas a sus

especialidades.

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