3
- III
- Facultades
-
Artículo
3º.- Para lograr sus fines, el Instituto Nacional de Aprendizaje tendrá las
siguientes facultades:
- a) Establecer
un sistema nacional de aprendizaje, promoción obrera y formación profesional acelerada
de adultos, que deberá tener unidad de principios y métodos apropiados para atender las
necesidades de mano de obra calificada propias de los diversos sectores económicos e
institucionales, que determine el Plan Nacional de Desarrollo;
- b) Organizar y
mantener en todo el país el aprendizaje directo y metódico de los oficios que
corresponden a este sistema, ya sean en centros de aprendizaje o vocacionales, o dentro de
las respectivas empresas, en períodos de práctica;
- c) Organizar y
mantener cursos de aprendizaje, de habilitación, de complementación, de cooperación con
las empresas particulares o instituciones públicas para la capacitación de personal, de
formación acelerada, de nivelación previa, y de información y divulgación, todos con
las características que indiquen los reglamentos que sobre el particular elaboren
conjuntamente los Ministerios de Trabajo y Bienestar Social y de Educación Pública;
- d) Contribuir
al desarrollo de las investigaciones que se relacionen con la organización científica
del trabajo en todos sus aspectos;
- e) Contribuir
al mejoramiento técnico, cultural y social de los trabajadores, con el fin de aumentar la
productividad en todos los sectores de la economía nacional y de elevar el nivel de vida
de toda la sociedad;
- f) Participar
en programas cooperativos con instituciones dedicadas a la formación de trabajadores en
otros niveles;
- g) Cooperar
económicamente en la construcción de las instalaciones propias de la Escuela Técnica
Nacional, por medio de partidas que podrá incluir en su presupuesto anual, y financiar
programas en esa Institución;
- h) Participar
con el Instituto Centroamericano de Extensión de la Cultura (ICECU), en programas
cooperativos dedicados a la educación de adultos, por medio de partidas que al efecto
podrá incluir en su presupuesto anual.
|