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 Normativa >> Ley 3506 >> Fecha 21/05/1965 >> Articulo 32
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Normativa - Ley 3506 - Articulo 32
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Artículo 32    (No vigente*)
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    Artículo 32.- Una vez clasificados dichos puestos, el Director Ejecutivo los asignará a la escala de sueldos de la mencionada Ley de Salarios.

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