2
ARTÖCULO 2§.-Ni el dinero, ni el cr‚dito
municipal se aplicar n a objetos extra¤os a la
Municipalidad. No se podr , por tanto, autorizar
gasto alguno que no responda a una verdadera
necesidad, y desde luego se tendr por
prohibido invertir fondos p£blicos del cant¢n
en fiestas, celebraciones, recepciones etc.
|