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 Normativa >> Ley 180 >> Fecha 28/08/1923 >> Articulo 20
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Normativa - Ley 180 - Articulo 20
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Artículo 20    (No vigente*)
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20

ARTÖCULO 20.-La Inspecci¢n General de

Hacienda Municipal har  el estudio del presupuesto,

cotejando sus diferentes partidas con

las antecedentes econ¢micos del a¤o anterior y

con los nuevos recursos con que cuente la Municipalidad;

y examinar , asimismo, si se ajusta

a las condiciones que determina la presente ley.

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