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 Normativa >> Ley 4639 >> Fecha 15/09/1970 >> Articulo 11
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Normativa - Ley 4639 - Articulo 11
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Artículo 11    (No vigente*)
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11

    Artículo 11.- La Dirección General de la Guardia de Asistencia Rural podrá contratar directamente con la Dirección General de Defensa Social la confección de uniformes, zapatos, botas, capas, aperos, cartucheras, fajas de cuero y todo aquello que pueda ser elaborado en sus dependencias.

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