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 Normativa >> Ley 3366 >> Fecha 06/08/1964 >> Articulo 38
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Normativa - Ley 3366 - Articulo 38
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Artículo 38
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38

Artículo 38.- Este Instrumento no admite reservas.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 1.- Los Organos e Instituciones creados en el marco del

Procedimiento para Establecer la Paz Firme y Duradera en Centroamérica y

los originados en esfuerzos integracionistas precedentes a este Protocolo

serán parte del SISTEMA DE LA INTEGRACION CENTROAMERICANA si fueren

compatibles con sus propósitos, principios y con la estructura orgánica,

de acuerdo al estudio de los ordenamientos jurídicos institucionales.

Artículo 2.- Mientras se integra el Comité Ejecutivo, sus

atribuciones las asumirá directamente el Consejo de Ministros de

Relaciones Exteriores.

Artículo 3.- Para los efectos de lo establecido en el párrafo 2 del

artículo 35 y en tanto no esté integrada la Corte Centroamericana de

Justicia, las controversias sobre la aplicación o interpretación de las

disposiciones contenidas en el presente protocolo deberá conocerlas el

Consejo Judicial Centroamericano.

Artículo 4.- Para los efectos de lo previsto en el artículo 12 con

respecto al Parlamento Centroamericano, tal disposición se aplicará a los

Estados que ya han efectuado la ratificación del Tratado Constitutivo y

sus Protocolos.

EN FE DE LO CUAL, los Presidentes Constitucionales de las Repúblicas

Centroamericanas firman el presente protocolo en seis originales en la

ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, República de

Honduras, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos noventa

y uno.

PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA DE LA CARTA DE LA

ORGANIZACION DE ESTADOS CENTROAMERICANOS

(ODECA)

Rafael Angel Calderón Fournier Alfredo F. Cristiani Burkard

PRESIDENTE DE LA PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA DE COSTA RICA REPUBLICA DE EL SALVADOR

Jorge Serrano Elías Rafael Leonardo Callejas Romero

PRESIDENTE DE LA PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA DE GUATEMALA REPUBLICA DE HONDURAS

Violeta Barrios de Chamorro Guillermo Endara Galimany

PRESIDENTE DE LA PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA DE NICARAGUA REPUBLICA DE PANAMA

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