Transitorio 3°-Los derechos laborales adquiridos por los funcionarios
y empleados de las dependencias del Ejecutivo y de las Municipalidades que
pasan a servir al Servicio, serán asumidos por éste, así como también los
derechos laborales de aquellos empleados que, por virtud de disposición de esta
ley, fueren despedidos de su trabajo.
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