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 Normativa >> Ley 2726 >> Fecha 14/04/1961 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 2726 - Articulo 5
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Artículo 5    Tipo: Transitorio
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Transitorio 5°-El Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillado cuando lo considere oportuno, asumirá, mediante convenio al respecto, la dirección técnica y ejecutiva de los trabajos que realice la Municipalidad de San José para el mejoramiento del servicio de cañerías del Área Metropolitana, respetando los contratos que se hubiesen celebrando para ello, y cancelará el empréstito que ese Municipio contrató con ese objeto mediante la ley N° 2511 de 11 de febrero de 1960, reformada a su vez por la ley N° 2659.

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