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 Normativa >> Ley 6703 >> Fecha 28/12/1981 >> Articulo 13
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Normativa - Ley 6703 - Articulo 13
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Artículo 13
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13

    Artículo 13.- Si al practicar excavaciones, para ejecutar obras públicas o privadas, fueren descubiertos objetos arqueológicos, por el propio dueño o por terceros, los trabajos deberán ser suspendidos de inmediato y los objetos puestos a disposición de la Dirección del Museo Nacional. El Museo Nacional tendrá un plazo de quince días para definir la forma en que se organizarán las labores de rescate arqueológico.

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