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 Normativa >> Ley 6703 >> Fecha 28/12/1981 >> Articulo 27
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Normativa - Ley 6703 - Articulo 27
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Artículo 27
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27

    Artículo 27.- Al que, por cualquier medio, saque del país, o pretenda sacar, objetos arqueológicos, se le impondrá prisión inconmutable de uno a cuatro años.

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