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 Normativa >> Ley 3008 >> Fecha 18/07/1962 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 3008 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º.- El Ministro es el Jefe del Ministerio. Ejerce sus

funciones y autoridad en toda la República y su jurisdicción se extiende a

las dependencias, funcionarios y empleados del ramo de Relaciones

Exteriores, tanto en el del Servicio Exterior como en el de la Cancillería.

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