68
Artículo 68. Las responsabilidades que se deriven de la
rectificación o respuesta recaerán exclusivamente sobre sus
autores y no sobre el medio de comunicación o sus personeros, con
excepción de hechos nuevos que no se refieran a la materia de la rectificación
o respuesta. La que fuere ordenada por la Sala Constitucional
eximirá a unos y otros de responsabilidad, salvo la que en la misma
sentencia de amparo se imponga a los segundos por su negativa injustificada a
publicarla.
|