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 Normativa >> Ley 3848 >> Fecha 10/01/1967 >> Articulo 29
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Normativa - Ley 3848 - Articulo 29
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Artículo 29    (No vigente*)
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Artículo 29°.-Quedan modificadas en lo que se opongan a la presente ley, las leyes de lo Contencioso Administrativa y Orgánica de Notariado, derogada la ley 33 de 1° de diciembre de 1928 y los Decretos Leyes números 40 de 2 de junio de 1948, 103 de 17 de julio de 1948, así como las demás disposiciones legales que se opongan a la presente ley.

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