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 Normativa >> Ley 3091 >> Fecha 18/02/1963 >> Articulo 38
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Normativa - Ley 3091 - Articulo 38
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Artículo 38
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38

Artículo 38.- Para la presente ley, mercancía es todo producto,

artículo, manufactura, semoviente y en general todo bien mueble, sin

excepción ninguna.

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